¿Por qué cierran los shoppings, supermercados y comercios este lunes en Tucumán?
El Día del Empleado de Comercio se trasladó al lunes 29. No abrirán los negocios al inicio de la semana.
El viernes 26 de septiembre fue el Día del Empleado de Comercio, pero una resolución implementó el paso del día para la semana este lunes, con el objetivo de que los empleados puedan disfrutar de un fin de semana largo.
El Día del Empleado de Comercio tiene su origen en el dictamen de la ley N° 11.729, que dispuso las relaciones de trabajo del sector el 26 de septiembre de 1934. Fue en 2009 que la ley N° 26.541 fijó la celebración para los trabajadores del rubro. La sanción de la ley logró un avance respecto de los derechos de los trabajadores, porque implicó la regularización de aspectos como las licencias laborales por enfermedad.
Así será la atención en los locales el Día del Empleado de Comercio
Una resolución emitida por la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys) determinó que la efeméride se trasladará al lunes 29.
“Atento a lo ratificado por la ley 26.541 que ha instituido el 26 de septiembre como el día del Empleado de Comercio, la Faecys y las cámaras empresarias de comercio han acordado, en uso de su autonomía colectiva, trasladar la conmemoración del Día del Empleado de Comercio al lunes 29 de septiembre del corriente año, para que ese día los trabajadores tengan su reconocimiento con todos los alcances de la ley mencionada”, dice el texto.
La disposición implica que, a nivel nacional, los empleados de comercio no prestarán servicios el próximo lunes. Tiendas, supermercados y shoppings permanecerán cerrados. Los argentinos deberán tomar los recaudos necesarios y hacer las compras pertinentes los días previos.
¿Cómo se paga el Día del Empleado de Comercio?
La CAC comunicó que los comercios podrán atender el lunes 29, pero que, de hacerlo, deberán ser atendidos por sus dueños o por empleados que hubieren aceptado trabajar voluntariamente. Los empleadores no pueden exigir la asistencia ni la prestación de servicios.
El asueto no incidirá en el salario de los trabajadores, dado que la regulación estipula la no pérdida de ingresos a causa de esta efeméride. Los empleadores no podrán descontar la jornada. Por el contrario, quienes trabajen deberán percibir un pago correspondiente al de un feriado de acuerdo con lo que indica el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75, que nuclea a un amplio grupo de trabajadores.