El día de la Batalla de Tucumán cae este miércoles y fue decretado feriado provincial. Por lo tanto, es considerado como un día no laborable según indica la ley.

La Cámara de Comercio anunció que los locales abrirán normalmente y que, en caso de corresponder pago de horas extras, deberán abonarse según la Ley N° 20.744.

Esta misma normativa establece: “En los días no laborables, el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines, conforme lo determine la reglamentación. En dichos días, los trabajadores que presten servicio, percibirán el salario simple”.

Cómo se paga el miércoles 24 de septiembre, según la ley laboral

En un feriado, rigen las normas del descanso dominical, lo que significa que el descanso es obligatorio para los trabajadores. Si un empleado trabaja durante un feriado, el empleador debe abonarle el doble de la remuneración de una jornada habitual.

Esto significa que, si un empleado es requerido para prestar servicios durante un feriado, tiene derecho a percibir el doble de su salario diario habitual por esa jornada. La decisión de trabajar o no en un feriado no es optativa para el empleador, salvo excepciones específicas que no alteran el régimen de pago.

En cambio, un día no laborable es de carácter optativo, y la decisión de otorgarlo como jornada de descanso o de exigir la prestación de servicios recae exclusivamente en el empleador. El artículo 182 de la Ley de Contrato de Trabajo es claro al respecto: “Los días no laborables son optativos para el empleador”. En caso de que la empresa decida que se trabaje en un día no laborable, el empleado percibirá su salario simple, es decir, la remuneración habitual sin ningún recargo adicional. No se aplica el régimen de pago doble que sí rige para los feriados.