El gobierno nacional oficializó, mediante el Decreto 614/2025 publicado en el Boletín Oficial, una modificación relevante para la organización del calendario de feriados y el turismo interno: los feriados nacionales que coincidan con días sábado o domingo podrán ser trasladados al lunes siguiente o al viernes anterior. La medida responde a pedidos de provincias, municipios y cámaras del sector turístico, que venían advirtiendo sobre el impacto económico y operativo que implica perder fines de semana largos cuando las fechas oficiales caen en jornadas no laborables de fin de semana.

La normativa otorga a la autoridad de aplicación la facultad de mover los feriados trasladables a fechas que maximicen su efecto turístico, con el objetivo explícito de ordenar el calendario y preservar el “espíritu de la ley”, según lo consignado en el texto oficial. La decisión busca, en términos prácticos, facilitar la planificación de viajes y la reactivación de economías locales que se benefician de la concentración de turistas en fines de semana extendidos.

Para lo que resta de 2025, el cronograma queda más definido y contempla cuatro fechas relevantes en las que se aplicarán las reglas previstas:

  • Domingo 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural. Catalogado como feriado nacional trasladable, por lo que podrá correrse al lunes siguiente o al viernes anterior según lo disponga la autoridad competente.
  • Viernes 21 de noviembre: día no laborable con fines turísticos. Esta fecha, por su naturaleza, ya está orientada a generar un fin de semana largo.
  • Lunes 24 de noviembre: feriado nacional por el Día de la Soberanía Nacional, que había sido originalmente fijado para el 20 de noviembre y fue trasladado conforme a lo autorizado por el decreto.
  • Lunes 8 de diciembre: feriado inamovible por el Día de la Inmaculada Concepción de María. No podrá trasladarse.
  • Jueves 25 de diciembre: Navidad, feriado inamovible.

El cambio normativo pretende dar previsibilidad a prestadores turísticos, municipios y viajeros, y evitar la pérdida de fines de semana largos que muchas localidades consideran claves para su actividad económica. Al mismo tiempo, la medida abre la puerta a una planificación más estratégica del calendario anual, permitiendo concentrar los beneficios del turismo interno en fechas que favorezcan la ocupación hotelera y el movimiento comercial.

En la práctica, la aplicación efectiva de los traslados dependerá de medidas específicas que la autoridad de aplicación deba dictar y comunicar con antelación suficiente para que empresas y usuarios puedan ajustar sus planes. El decreto, además, intenta acotar la discrecionalidad mediante criterios de empleo turístico del calendario, aunque deja a la administración la responsabilidad de definir los detalles operativos.

En suma, la oficialización de la posibilidad de trasladar feriados que caigan en sábado o domingo busca potenciar la actividad turística y reducir la incertidumbre sobre fechas clave del calendario, a la vez que mantiene inamovibles las celebraciones de carácter religioso y otras con protección explícita.