Caso Paola Tacacho: la provincia deberá pagar una indemnización tras fallo judicial
Los camaristas criticaron con severidad la actuación del Poder Judicial y del Ejecutivo, subrayando deficiencias que, según su fallo, requieren medidas urgentes para restablecer la confianza institucional.
La Cámara en lo Contencioso Administrativo de Tucumán dictó un fallo que marca un precedente en la responsabilidad estatal frente a episodios de violencia de género. En una sentencia suscripta por los camaristas Juan Ricardo Acosta y María Florencia Casas, se condenó a la Provincia de Tucumán a pagar una indemnización de $36.4 millones más intereses a Mariela, madre de Paola Estefanía Tacacho, la docente asesinada en octubre de 2020 por su acosador Mauricio Parada Parejas.
El tribunal consideró acreditada la existencia de una “falta de servicio” por parte del Estado provincial y señaló, en forma concurrente, la actuación deficiente del exjuez Juan Francisco Pisa, atribuyéndole un 10% de responsabilidad sobre el total de la reparación económica. El fallo sostiene que la totalidad del proceso penal que culminó con la resolución de junio de 2017 configura una falta de servicio: una actuación irregular del Estado que, según los magistrados, vulneró tratados internacionales y constituyó una negación del derecho de acceso a la justicia por parte de la víctima.
Los camaristas consignaron que la Provincia tenía conocimiento fehaciente del riesgo al que estaba expuesta Tacacho y que no adoptó medidas eficaces para protegerla, estableciendo así una relación causal entre la omisión estatal y el femicidio. En su voto, la jueza Casas subrayó la necesidad de aplicar una perspectiva de género en la administración de justicia. Destacó que la vigencia de normas modernas resulta insuficiente si, en la práctica, se ignora el contexto de violencia contra las mujeres.
Casas remitió el análisis al marco de la Convención de Belém do Pará y a las 100 Reglas de Brasilia, instrumentos que, según su exposición, obligan a los Estados a reforzar la protección de las mujeres en situación de vulnerabilidad. El camarista Acosta, por su parte, enfatizó que las numerosas denuncias realizadas por Paola —trece, según el fallo— constituyeron señales claras del riesgo que enfrentaba y que fueron desoídas tanto por la Justicia como por las autoridades administrativas.
En su voto citó la doctrina de la Corte Interamericana, en particular el precedente conocido como “Campo Algodonero”, para sostener la obligación estatal de prevenir, investigar y sancionar la violencia de género. La sentencia dedica además un análisis específico a la actuación del entonces juez Juan Francisco Pisa, quien en 2017 había sobreseído a Parada Parejas en una causa por desobediencia judicial. Los camaristas calificaron ese acto jurisdiccional como incompatible con el buen servicio de justicia y una omisión grave. Sostienen que la conducta del magistrado —el tratamiento deficiente del proceso penal, el rechazo de la elevación a juicio y el sobreseimiento— facilitó la libertad del agresor y, en consecuencia, posibilitó el ataque que terminó con la vida de Tacacho.
La resolución representa un hito en el reconocimiento de la responsabilidad patrimonial del Estado por deficiencias en la protección de víctimas de violencia de género, y plantea un llamado a revisar prácticas judiciales y administrativas para garantizar medidas efectivas de prevención y acceso a la justicia. Además, el fallo pone el foco en la obligación del Poder Judicial de incorporar la perspectiva de género en sus decisiones y en la necesidad de institucionalizar mecanismos que permitan una respuesta oportuna ante situaciones de riesgo acreditadas. Queda por verse cómo impactará esta sentencia en futuras demandas similares y en las políticas públicas provinciales.
En lo inmediato, la Provincia deberá afrontar la erogación establecida por la Cámara, mientras que la imputación de un porcentaje de responsabilidad al exjuez Pisa subraya la posibilidad de individualizar responsabilidades por actuaciones jurisdiccionales que se consideren causales de daños irreparables.