El Gobierno nacional derogó la Ley Nº 17.606, vigente desde 1967, que establecía la creación de un Registro Nacional de Viveros y la obligación de emitir guías sanitarias para el transporte de plantas. Esta decisión fue oficializada mediante el Decreto Delegado 410/2025, publicado en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Javier Milei, el ministro de Economía Luis Caputo y el jefe de Gabinete Guillermo Francos.

Federico Sturzenegger, ministro de Desregulación y Transformación del Estado, explicó que esta normativa, creada hace casi seis décadas, generaba costos administrativos innecesarios y restricciones para productores, comerciantes y particulares. Según el Gobierno, la ley representaba un control estatal excesivo que actualmente no se cumplía, a pesar de seguir vigente.

La ley establecía que toda persona o establecimiento dedicado a la producción o venta de plantas debía inscribirse en un registro oficial y que cada traslado o venta debía contar con una guía sanitaria, incluso sin fines comerciales. Sin embargo, el Ministerio señaló que el control sanitario actual está garantizado por el Senasa, que utiliza criterios modernos y el documento de tránsito vegetal electrónico incorporado en el remito fiscal.

Con esta medida, el Ejecutivo continúa su política de simplificación normativa y desregulación, eliminando regulaciones consideradas anacrónicas o burocráticas, y promoviendo un marco más ágil para la producción y comercialización de plantas en el país.