El Gobierno derogó una norma en desuso que obligaba a los viveros a registrarse
Manuel Adorni confirmó la baja de una norma vigente desde 1967 que establecía la creación de un Registro Nacional de Viveros y la obligación de emitir guías sanitarias para el transporte de plantas
El Gobierno nacional derogó la Ley Nº 17.606, vigente desde 1967, que establecía la creación de un Registro Nacional de Viveros y la obligación de emitir guías sanitarias para el transporte de plantas. Esta decisión fue oficializada mediante el Decreto Delegado 410/2025, publicado en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Javier Milei, el ministro de Economía Luis Caputo y el jefe de Gabinete Guillermo Francos.
Federico Sturzenegger, ministro de Desregulación y Transformación del Estado, explicó que esta normativa, creada hace casi seis décadas, generaba costos administrativos innecesarios y restricciones para productores, comerciantes y particulares. Según el Gobierno, la ley representaba un control estatal excesivo que actualmente no se cumplía, a pesar de seguir vigente.
La ley establecía que toda persona o establecimiento dedicado a la producción o venta de plantas debía inscribirse en un registro oficial y que cada traslado o venta debía contar con una guía sanitaria, incluso sin fines comerciales. Sin embargo, el Ministerio señaló que el control sanitario actual está garantizado por el Senasa, que utiliza criterios modernos y el documento de tránsito vegetal electrónico incorporado en el remito fiscal.
Con esta medida, el Ejecutivo continúa su política de simplificación normativa y desregulación, eliminando regulaciones consideradas anacrónicas o burocráticas, y promoviendo un marco más ágil para la producción y comercialización de plantas en el país.