Pago por presidente de mesa 2025: montos, fecha de cobro y adicionales por capacitación
La postulación voluntaria se efectúa mediante el sitio web de la Cámara Nacional Electoral, completando el formulario con datos personales, de contacto y de disponibilidad.
El presidente de mesa y el vicepresidente (vocal auxiliar) son designados por la Justicia Electoral mediante sorteos para intervenir en la organización de la votación en las elecciones del domingo 26 de octubre de 2025. Sus responsabilidades incluyen el armado y la apertura de la mesa, el control y verificación de la documentación de los electores, el mantenimiento del orden durante la votación y la confección de actas, lo que los convierte en garantes del cumplimiento de la normativa electoral.
La postulación voluntaria se realiza mediante el sitio web de la Cámara Nacional Electoral (www.electoral.gob.ar), completando un formulario con datos personales, datos de contacto y la disponibilidad horaria para el día del comicio.
La Vicejefatura de Gabinete del Interior, mediante la resolución 347/2025 publicada en el Boletín Oficial, estableció los montos de viáticos para las autoridades de mesa, delegados y demás funcionarios que intervienen en el proceso electoral. La resolución, firmada por el exvicejefe de Gabinete Lisandro Catalán, fija los siguientes importes:
- Autoridades de mesa (presidente y vocales/fiscales partidarios): $40.000.
- Participantes en actividades de capacitación electoral: $40.000 adicionales (monto que se percibe por participar de la capacitación previa).
- Delegados en locales de votación (responsables de la organización general del establecimiento): $80.000.
- Delegados judiciales (encargados de reportar incidencias o datos adicionales solicitados por la Cámara Nacional Electoral): $40.000.
- Delegados tecnológicos: $120.000.
Los viáticos se abonan mediante los mecanismos que indique cada autoridad al aceptar su designación: transferencia bancaria a la cuenta informada, acreditación en billetera virtual, cobro a través de la aplicación del Correo Argentino o retiro presencial en sucursal del Correo Argentino. La Justicia Nacional Electoral será la encargada de verificar el cumplimiento efectivo de las funciones y de informar al Correo Argentino quiénes están habilitados para cobrar los montos correspondientes.
La normativa aclara que el derecho a percibir el viático prescribe a los 12 meses desde la realización de la elección, por lo que quienes no cobren dentro de ese plazo perderán el derecho al cobro.