Productos capilares, suplementos dietarios y un jarabe se encuentran dentro del listado que publicó la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) en Boletín Oficial. Se trata de productos que quedaron prohibidos de ser comercializados debido a una serie de irregularidades que ponen en riesgo la salud de las personas.

Con el fin de proteger a los consumidores ante la circulación de productos irregulares, el organismo detalló en tres disposiciones diferentes cuáles son las marcas que no podrán ser usadas, comercializadas y distribuidas en el país. Las medidas se concretaron tras una serie de inspecciones que derivaron en una investigación y posterior retiro de los artículos del mercado.

De acuerdo con la Disposición 4165/2025, todo producto capilar perteneciente a la marca HOOGA queda suspendido a partir de su publicación este jueves por la madrugada, y alcanza a “Botox”, “Keratina”, “Alisado nutritivo”, “Alisado plastificado” y “Alisado mega” todos bajo esta denominación y en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento.

Según informó el organismo, la resolución se originó tras un reporte del Sistema de Cosmetovigilancia, donde se constató que la mercadería se ofrecía a través de canales electrónicos sin la correspondiente inscripción sanitaria. “Al respecto, cabe destacar que, consultada la base de datos de cosméticos inscriptos ante la ANMAT, no se hallaron productos cuyos datos identificatorios correspondan con los obrantes en el rotulado de los citados cosméticos”, refiere el texto.

Como consecuencia, el Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de productos sujetos a vigilancia sanitaria intervino para gestionar la baja de las publicaciones en Internet. Respecto a las consecuencias que podría acarrear, la ANMAT advirtió que el uso de alisadores de cabello no autorizados implica un riesgo elevado para la salud. “El uso de este ingrediente con la finalidad de alisar los cabellos no se encuentra autorizado, por cuanto puede derivar en la exposición a vapores tóxicos con potencial para generar diversos efectos nocivos sobre la salud del usuario y del aplicador”, detalló la disposición.

Otra de las recientes medidas afecta a varios suplementos dietarios de la marca Natulife, por lo que la Disposición 4174/2025 restringió su elaboración, fraccionamiento y venta.

Según la información oficial, la firma Surfactan S.A. alertó sobre la existencia de productos comercializados con el nombre de Natulife y etiquetados como suplementos dietarios en polvo a base de citrato de magnesio, citrato de potasio, ácido ascórbico (vitamina C)y colágeno hidrolizado. Se trata de presentaciones de 1 kg, cuyos números de registro y lotes indicados en los rótulos no cumplen con la normativa vigente. A través de una denuncia, la empresa detalló que estos no pertenecen a su línea y que sus propios suplementos se venden únicamente en envases de 25 kg, no al público en general.

La actuación por parte de la firma derivó en una investigación de la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios (DIPA) de la provincia de Buenos Aires determinó que los registros identificatorios, tanto de establecimiento (RNE) como de producto alimenticio (RNPA), consignados en los envases correspondían a otros productos o están “falsamente rotulados”, señala la disposición.

Por tanto, advirtieron que estos suplementos no pueden ser rastreados ni identificados claramente en cuanto a su origen y condiciones de elaboración, por lo que se procedió a la baja del mercado.

Otra de las recientes medidas afecta a varios suplementos dietarios de la marca Natulife, por lo que la Disposición 4174/2025 restringió su elaboración, fraccionamiento y venta.

Según la información oficial, la firma Surfactan S.A. alertó sobre la existencia de productos comercializados con el nombre de Natulife y etiquetados como suplementos dietarios en polvo a base de citrato de magnesio, citrato de potasio, ácido ascórbico (vitamina C)y colágeno hidrolizado. Se trata de presentaciones de 1 kg, cuyos números de registro y lotes indicados en los rótulos no cumplen con la normativa vigente. A través de una denuncia, la empresa detalló que estos no pertenecen a su línea y que sus propios suplementos se venden únicamente en envases de 25 kg, no al público en general.

La actuación por parte de la firma derivó en una investigación de la Dirección de Industrias y Productos Alimenticios (DIPA) de la provincia de Buenos Aires determinó que los registros identificatorios, tanto de establecimiento (RNE) como de producto alimenticio (RNPA), consignados en los envases correspondían a otros productos o están “falsamente rotulados”, señala la disposición.

Por tanto, advirtieron que estos suplementos no pueden ser rastreados ni identificados claramente en cuanto a su origen y condiciones de elaboración, por lo que se procedió a la baja del mercado.