En septiembre, miles de trabajadores del sector mercantil encuentran una jornada diferente en el calendario laboral argentino. El Día del Empleado de Comercio, que convoca a empleados de tiendas, supermercados, shoppings y servicios, presenta particularidades que modifican la actividad comercial y generan expectativas en materia salarial.

La fecha en 2025 no solo cambia de día por acuerdo entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECyS) y las cámaras empresariales reconocidas por el Ministerio de Trabajo, sino que también incorpora normas específicas sobre el cobro de haberes y bonos para los empleados.

Por qué se celebra el 26 de septiembre el Día del Empleado de Comercio

Esta conmemoración surge por la sanción de la Ley 26.541, que reconoce el 26 de septiembre como la fecha destinada al descanso de los empleados mercantiles en todo el país. El texto legal equipara el día a un feriado nacional para quienes se encuentran bajo el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75, garantizando descanso y salario íntegro. El espíritu de la norma es reconocer la labor cotidiana de uno de los sectores con mayor peso en el empleo privado de Argentina.

Según confirmaron desde la Cámara de Comercio de Tucumán, se dispuso que en 2025 se traslade al lunes 29 de septiembre. La decisión busca facilitar el descanso y la organización operativa de los comercios, sin afectar los derechos establecidos en la ley.

Día del Empleado de Comercio: cuándo los locales permanecerán cerrados

El traslado de la jornada especial impacta directamente en la operatoria de los locales comerciales. Según se informó, los comercios podrán abrir sus puertas únicamente si la atención está a cargo de los propietarios o de trabajadores que consientan en prestar servicios ese día, dejando en claro el carácter voluntario.

La legislación establece que no puede exigirse la asistencia al personal ni descontar la jornada como franco compensatorio. La adopción de la jornada debe consensuarse individualmente y cada establecimiento puede optar por abrir de manera restringida o permanecer cerrado.

El Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 incluye a una extensa franja de empleados, por lo que la medida impacta en tiendas de barrio, centros comerciales y supermercados, además de empresas de servicios afines. El Ministerio de Trabajo destaca que la regulación garantiza el respeto a los derechos laborales sin afectar el funcionamiento general del circuito comercial, aunque restringe la modalidad habitual de atención al público.