Hasta el 31 de diciembre de 2022 los empleadores que inscriban en el Programa Registradas a nuevas empleadas domésticas podrán recibir la suma equivalente al 30 o 50% por 6 meses para completar el salario, de acuerdo al beneficio que otorga el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación. ¿Cuáles son las cinco prestaciones de ANSES compatibles con el Programa Registradas?

Empleadas Domésticas ANSES: Cómo funciona el Programa Registradas

El Programa Registradas del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, alcanza a las nuevas trabajadoras que sean registradas por sus empleadores hasta el 31 de diciembre de 2022.

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El Gobierno Nacional transfiere una suma de entre el 30% y 50% del salario durante 6 meses a cuenta del pago que realiza la parte empleadora, con el objetivo de:

  • Promover el acceso y la permanencia del empleo formal de las trabajadoras de casas particulares
  • Garantizar sus derechos y su inclusión financiera
  • Avanzar hacia la igualdad de género

Empleadas Domésticas: Con qué prestaciones de ANSES es compatible el Programa Registradas

Empleadas Domésticas ANSES: las prestaciones compatibles con el Programa Registradas

Las nuevas empleadas domésticas que ingresen al Programa Registradas, podrán mantener estos beneficios de ANSES:

  • Asignación Universal por Hijo
  • Asignación Universal por Embarazo
  • Tarjeta Alimentar
  • Progresar
  • Potenciar Trabajo

Por otra parte, el organismo previsional aclara que no podrán inscribirse quienes tengan:

  • Pensión no contributiva por invalidez
  • Pensión no contributiva para madres de 7 o más
  • Pensión no contributiva por vejez

Empleadas Domésticas ANSES: Cuáles son los requisitos del Programa Registradas

Para poder acceder al beneficio del Programa Registradas, la inscripción debe ser solicitada por la parte empleadora. Asimismo, se deberán cumplir estos requisitos:

  • Las trabajadoras de casas particulares deben trabajar 6 horas semanales o más en el mismo hogar.
  • Sus tareas deben estar enmarcadas dentro de las categorías “Personal para tareas específicas”, “Caseros y caseras”, “Asistencia y cuidado de personas” o “Personal para tareas generales”.
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Las personas empleadoras deben tener ingresos brutos mensuales promedio, iguales o inferiores al mínimo no imponible de la Ley de Impuesto a las Ganancias, considerando los 12 meses anteriores a:

  1. Junio 2022: cuando la solicitud de ingreso al programa se realice entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2022
  2. Septiembre 2022: cuando la solicitud de ingreso al programa se realice entre el 1 de octubre y el 31 de diciembre de 2022

El empleador deberá realizar el siguiente trámite para recibir la ayuda por 6 meses que paga el gobierno nacional:

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  • Realizar la inscripción al momento de registrar la relación laboral en el servicio con clave fiscal “Personal de Casas Particulares”: https://auth.afip.gob.ar/contribuyente_/login.xhtml?action=SYSTEM&system=regdomestico
  • Ingresar con CUIT y clave fiscal al portal de Casas Particulares para registrar una nueva relación laboral.
  • Informar los datos de la trabajadora, las condiciones laborales y el lugar de trabajo.
  • Una vez finalizada esta gestión, se habilitará la tarjeta del beneficio del programa “Registradas”. Para acceder presionar sobre “Tramitar beneficio” e informar los datos referidos a la trabajadora, la cuenta sueldo y la sucursal de la cuenta.

Es importante destacar que solo podrá realizarse una solicitud por relación laboral. Además, la trabajadora solo podrá estar inscripta en el programa únicamente para un empleador o empleadora.