Cuándo se comienza a implementar la receta electrónica obligatoria
Desde julio comenzará a regir en todo el territorio argentino un período de 180 días para implementar la Ley de Receta Electrónica que implica la adecuación al sistema de plataformas digitales. Qué pasará con la prescripción en papel
En consultorios, farmacias, laboratorios de análisis clínicos o centros de estudios ya casi no se ven recetas u órdenes en papel a una semana de que empiece a regir en el país el uso exclusivo de sus versiones electrónicas o digitales.
Con este sistema se busca facilitar el proceso y contribuir a la seguridad y la eficiencia en la atención sanitaria. Sin embargo, como toda transformación de los procesos, plantea desafíos en cuanto a la protección de datos y la adaptación de los sistemas y los profesionales, sumado a que, en un país de la extensión de Argentina, con amplios sectores sin acceso a Internet, al menos de forma estable, la emisión de recetas puede verse dificultada.
El Plan de implementación de la receta electrónica arrancará el 1 de julio y contempla también un plazo de adhesión, registración y adecuación de 180 días. Este comenzará a regir a partir publicación de una disposición del Ministerio de Salud que se publicará esta semana en el Boletín Oficial.
Ese día entrará en vigencia el Decreto 345/2024 con la nueva reglamentación de la Ley 27553 de recetas digitales que, de manera progresiva pero obligatoria, introducirá este cambio clave en la forma en que los profesionales médicos prescriben los medicamentos y los tratamientos.
El programa abarca, además, la integración y estandarización de los sistemas que se registren para crear una red nacional coherente y eficiente. La estrategia adoptada es integral y evolutiva, lo que significa que se buscará adaptar y mejorar continuamente las tecnologías en uso para asegurar su compatibilidad y eficacia. Según el Ministerio de Salud, se fortalecerán las conexiones entre las distintas plataformas para permitir que las recetas electrónicas puedan ser emitidas, transmitidas y recibidas sin obstáculos para facilitar el acceso y seguimiento de los tratamientos médicos en cualquier punto del país.
Las fuentes consultadas remarcaron que estará garantizada la protección de la identidad de los pacientes y su información personal, pero al mismo tiempo el sistema permitirá al Estado obtener datos confiables, ordenados y anónimos, de las condiciones de salud de la población lo que orientará las políticas sanitarias y contribuirá a la calidad de los servicios de salud.
“La ley del Derecho del Paciente, la ley del Resguardo de Datos personales, la ley de Ciberseguridad, y la ley del Uso de Genéricos, todos estos aspectos se están considerando en el proceso de digitalización de recetas”, agregó la fuente.
La implementación de la receta electrónica se formalizó a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/23 y el Decreto 345/2024 publicado en el Boletín Oficial el 22 de abril pasado que establece la nueva reglamentación de la Ley Nacional de Receta Electrónica 27553, sancionada en agosto 2020.
Esta norma, si bien había sido reglamentada por el Decreto 98/2023 de febrero del año pasado, su puesta en marcha había quedado a medio camino. Con la nueva normativa el actual gobierno estableció la obligatoriedad de la prescripción médica electrónica en todo el territorio nacional.
De hecho, este lunes, a las 15, los ministros de Salud de la Nación y las provincias se reunirán de manera virtual para definir el estado de situación del nivel de adecuación en cada distrito y allanar obstáculos, como la conectividad o los padrones de los matriculados actualizados, camino al 1° de julio.
También, los responsables de las plataformas que médicos, centros de atención o profesionales ya vienen utilizando deberán terminar de incorporar, si no lo tenían aún, la indicación por nombre genérico de los medicamentos y el diagnóstico para el cual se indica. Con todos los requisitos que incluye el modelo incorporado a la reglamentación de la ley de receta electrónica, accederán a un código único de identificación una vez que se reinscriban en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (Renapdis).
Hay, al momento, alrededor de 80 plataformas en uso, de acuerdo con datos del Ministerio de Salud de la Nación. A través de ese código, que opera también a los fines de seguridad informática, y los datos del profesional con matrícula al día en su ficha de la Red Federal de Registros de Profesionales de la Salud (Refeps), como así también del paciente, apunta a evitar en la práctica el uso de recetas fraudulentas y garantizar la trazabilidad desde la prescripción hasta la dispensa. El Renapdis, según explicaron desde la cartera sanitaria nacional, “unifica el registro de todas las plataformas existentes para mejorar los procesos de modernización e interoperabilidad entre sistemas” a partir del mes que viene.
Algo importante a tener en cuenta es que durante el período de registración de 180 días, los profesionales que no cuenten con recetarios electrónicos podrán confeccionar recetas en papel y con ellas las personas obtendrán sus medicamentos en una farmacia como hasta ahora.
Las farmacias seguirán aceptando recetas según el cronograma establecido en el ReNaPDiS. Esto incluye tanto las recetas en papel como las emitidas a través de plataformas habilitadas o en proceso de adecuación. Durante la etapa de adhesión y registro, los soportes de recetas electrónicas que operan actualmente pueden continuar prescribiendo con su modalidad mientras completan el trámite en el registro. Una vez inscritas, cada receta tendrá un código único que permitirá verificar su autenticidad en todo el país. Este identificador garantiza la transparencia en la dispensación tanto para los pacientes como para otros actores involucrados.
En cuanto a la calidad de los datos, el Ministerio informó que se ha actualizado el registro de profesionales de la salud inscritos en el Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (SISA). Además, se ha implementado un procedimiento de carga masiva para que las jurisdicciones mantengan actualizada la información de los profesionales matriculados y habilitados para ejercer, lo que les permitirá validar la prescripción de recetas electrónicas.
El funcionario consultado agregó que existen plataformas electrónicas de pago y otras gratuitas a la que podrán sumarse los médicos, obras sociales, prepagas u otros efectores.
A partir de la publicación de la disposición, estará disponible en el sitio web oficial del Ministerio los instructivos para profesionales y farmacias, donde podrán encontrar toda la información detalla sobre la implementación de la receta electrónica y los procesos de registración.
El Ministerio informó que viene trabajando con los equipos de las jurisdicciones, los colegios y cámaras del sector de la salud, el PAMI y la Superintendencia de Servicios de Salud. Recordó, en ese sentido que la obra social de jubialdos y pensionados, varias obras sociales y prepagas ya vienen implementando modalidades de receta electrónica.