Constitucionalistas le marcan la cancha a Milei: “No puede frenar en la Justicia leyes aprobadas por el Congreso”
El presidente anticipó que vetará los proyectos votados por el Senado, pero expertos aseguran que no podrá judicializarlos si el Congreso insiste con dos tercios. Las iniciativas incluyen aumentos para jubilados, moratoria previsional y fondos para provincias.
El Gobierno nacional anticipó que vetará las leyes aprobadas por el Senado, pero varios constitucionalistas advirtieron que Javier Milei no podrá frenarlas a través de la Justicia si el Congreso insiste y las convierte en ley con el respaldo de los dos tercios de ambas cámaras.
La Cámara Alta dio sanción definitiva a iniciativas clave:
- Aumento de jubilaciones,
- Emergencia en discapacidad,
- Prórroga de la moratoria previsional. También avanzó con media sanción a proyectos impulsados por los gobernadores, como el reparto automático de los Aportes del Tesoro Nacional (ATN) y la distribución del impuesto a los combustibles líquidos.
Las leyes contaron con más de 48 votos a favor, es decir, alcanzaron los dos tercios del Senado. De repetirse ese respaldo en Diputados, el Congreso podría ratificarlas y convertirlas en ley, más allá de un eventual veto presidencial.
¿Puede Milei judicializar una ley?
Durante un acto en la Bolsa de Comercio, Milei advirtió:
“Si el veto se cae, lo vamos a judicializar”.
Pero para los expertos, esa opción no es válida ni legal. “El Presidente no puede impugnar ante la Justicia un proceso constitucional como la sanción de una ley”, explicó Diego Armesto, abogado constitucionalista. Y agregó:
“Si reconoce el acto al decir que va a vetar, no puede luego desconocerlo y judicializarlo”.
En la misma línea se expresó Andrés Gil Domínguez:
“Sería absurdo que el Estado Nacional se demande a sí mismo. No tiene sustento legal y desconoce el sistema republicano”.
“La Justicia no es un árbitro político”
El abogado Mariano Bar, especializado en Derechos Humanos, fue tajante:
“No puede haber una acción judicial contra el Congreso por usar facultades que la propia Constitución le otorga. Directamente pueden rechazarlo por ridículo”.
Incluso si el Gobierno recurriera a una “acción declarativa de certeza”, la Corte probablemente la desestime, como hizo en 2020 con un pedido de Cristina Kirchner durante la pandemia para avalar sesiones virtuales en el Congreso. En aquel caso, el tribunal sostuvo que no correspondía intervenir sin un caso concreto.
“La Justicia no legisla ni evalúa el contenido de las leyes. Esa es función del Congreso”, subrayó Bar. Y remató: “El Ejecutivo no puede elegir qué leyes cumplir. Su única función es ejecutarlas”.