El juicio por la expropiación de YPF en 2012, durante el gobierno de Cristina Kirchner, entró formalmente en su etapa de apelación en la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York y el gobierno de Javier Milei puso en marcha su estrategia legal.

En las últimas horas se presentaron los argumentos para evitar pagar el fallo condenatorio que el año pasado emitió la jueza Loretta Preska, de USD 16.000 millones, una cifra que además se incrementa con intereses día a día, a cargo de una corte del sur de Manhattan que trató el caso porque la petrolera cotiza en Wall Street. Básicamente, el estado Argentina insiste en que el caso no debe tratarse en EEUU.

A ese estrado acudieron en 2014 dos accionistas minoritarios que aseguran haber sido perjudicados por el accionar expropiatorio del kirchnerismo y que le vendieron sus derechos de litigar al bufete inglés Burford Capital, quien es el beneficiario principal del fallo de Preska.

En su extensa presentación de más de 90 páginas, los abogados del Estado local –Argentina está representada en EEUU por el estudio Sullivan & Cromwell y la estrategia la lleva adelante la Procuración del Tesoro, a cargo de Rodolfo Barra– plantearon ante la Corte de Apelaciones que Preska podría haber cometió un error al ejercer jurisdicción sobre casos “que involucran las demandas de accionistas de una empresa argentina bajo la ley argentina contra la República Argentina, ya sea por cuestiones de foro no conveniente o de reconocimiento de leyes de otro país” y cuestionaron el monto multimillonario que la jueza indicó que tiene que pagar el país (un monto que se incremente, además, con intereses mensuales).

La Argentina argumentó que el monto de la sentencia resulta “inflado”

Con respecto al monto de la sentencia, que la jueza Preska estableció en US$16.100 millones -y que suman intereses diariamente- la Argentina consideró que el tribunal de primera instancia “infló enormemente los daños de los demandantes”. En ese sentido, sugirió que se deberían haber convertido los daños de pesos argentinos a dólares estadounidenses utilizando el tipo de cambio vigente en la fecha del fallo, el 15 de septiembre de 2023”.

“Si un tribunal extranjero permitiera a los demandantes demandar al Gobierno de los Estados Unidos bajo la ley estadounidense por conductas que ocurrieron en los Estados Unidos, creara una causa no previamente reconocida por los tribunales estadounidenses, y luego dictara un fallo de más de $2 billones (la proporción equivalente del gasto federal de los Estados Unidos el año pasado), el Gobierno de los Estados Unidos, el sistema legal estadounidense y la comunidad internacional estarían justamente sorprendidos”, agregaron los abogados que representan a Argentina, según recogió Sebastián Maril, CEO de Latin Advisors y especialista en esta larga demanda contra Argentina (la empresa quedó fuera de la acusación el año pasado).

Las preguntas de la defensa

La forma de proceder en el caso de una apelación es hacer preguntas. En este caso, según recopiló Maril, la Argentina formuló tres interrogantes principales:

  1. Si el tribunal de distrito, es decir, la jueza Preska, cometió un error al ejercer jurisdicción sobre estos casos, que involucran las demandas de accionistas de una empresa argentina bajo la ley argentina contra la República Argentina, ya sea por cuestiones de foro no conveniente o de reconocimiento de leyes de otro país.
  2. Reclamó que el tribunal reconoció una acción sin precedentes por el incumplimiento de contrato para reclamar daños bajo la ley argentina, interpuesta por un accionista contra otro accionista por una presunta violación de los estatutos corporativos; que permitió a los demandantes buscar indemnizacióna pesar de que el Código Civil argentino limita ese resarcimiento; que permitió a los demandantes a presentar reclamos, aunque la República “adquirió” el título de las acciones de YPF de Repsol en 2014 después de que ellos ya no las tuvieran en sus manos.
  3. Si, como mínimo, el tribunal de distrito cometió un error al calcular los daños de los demandantes, al no aplicar la regla del día del fallo para la conversión de moneda; y al aplicar la fecha incorrecta de incumplimiento y la tasa incorrecta de interés previo al fallo según la ley argentina.

Aunque ya se presentaron los argumentos de la apelación argentina, Maril advirtió que no lo más probable es que no haya fallo de la Corte hasta septiembre u octubre de este año. Además, recordó que aproximadamente un 90% de las apelaciones dejan firme la sentencia de primera instancia.