La Justicia de Santa Cruz habilitó a Cristina Kirchner para votar en las elecciones de octubre
El Juzgado Federal de Río Gallegos declaró inconstitucional la prohibición que pesaba sobre la expresidenta por su condena en la causa Vialidad.
El Juzgado Federal de Río Gallegos declaró inconstitucional la prohibición de votar que pesaba contra Cristina Kirchner por su condena en la causa Vialidad y la incluyó en el padrón electoral de la provincia de Santa Cruz.
“Privar el derecho a votar infringe los estándares de nuestro más alto tribunal, ello sin perder de vista que las normas cuestionadas no superan los estándares de legalidad, necesidad y proporcionalidad, exigidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos”, sostiene el fallo firmado por Mariel Borruto.
“En virtud de lo expuesto, encuadrando la situación de la ciudadana de autos en los precedentes citados, es que corresponde en este caso, mantener su situación registral como electora activa en este distrito, al solo efecto de ejercer su sufragio”, añadió la sentencia.
La decisión es simbólica y una reivindicación política porque la ex presidente está presa en su casa cumpliendo una condena de 6 años de prisión por lo que, aunque quiera, no podría trasladarse a Santa Cruz para votar.
Una vez que la Corte Suprema de Justicia confirmó la condena de 6 años contra Cristina Kirchner, la Cámara Nacional Electoral comunicó a los jueces federales la accesoria de inhabilitación para que la sacan del padrón electoral.
En Santa Cruz no lo entendieron así. El juez Vázquez, ternado para ocupar un lugar en la Cámara Federal de Luis Piedrabuena, un tribunal fantasma que existe en los papeles pero no en la realidad, se tomó licencia.
La suplente fue la jueza Borruto que declaró la inconstitucionalidad de los arts. 19 inc. 2 en función del 12 del Código Penal y del artículo 3 inciso “e” del Código Nacional Electoral" y en consecuencia, mantuvo “la situación registral de la ciudadana Fernández Cristina Elisabet M.I. Nº 10.433.615, clase 1953, como electora activa en este distrito al solo efecto de ejercer su sufragio”.