La Justicia decidió hacer lugar a la medida cautelar que había sido solicitada tras el Decreto 116/2025, que buscaba transformar al Banco Nación en una Sociedad Anónima, y suspendió los efectos de dicha medida.

El fallo firmado por el juez federal de La Plata, Alejo Ramos Padilla, que interrumpió las modificaciones por el plazo de al menos seis meses, destaca que la medida de la administración libertaria no acreditó que el ente resulte deficitario, ni demostró el perjuicio concreto que produciría en los contribuyentes o en el funcionamiento del Estado.

La Justicia suspendió el decreto que convertía al Banco Nación en un sociedad anónima

Motivos del fallo

En el fallo, el magistrado consideró que cualquier modificación en la estructura jurídica del Banco Nación debe realizarse en el Congreso, ya que se trata de una entidad autárquica que fue creada a través de una ley.

De esta manera detalló: "El Banco de la Nación Argentina es una entidad cuya creación compete al Congreso Nacional. Por lo tanto, es este poder el único que puede revocar su carácter".

Anteriormente, el juez Ramos Padilla ya había expresado que el Decreto 70/2023 y la Resolución 348 no autorizaban la modificación de la situación jurídica del banco y que este cambio era únicamente potestad del Congreso de la Nación, que debía impulsarlo mediante una ley formal.