La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) dispuso, mediante la publicación de la disposición 7834/2025 en el Boletín Oficial, la prohibición de la venta en todo el territorio argentino y en plataformas de comercio electrónico del producto denominado "Gallinita" —una golosina elaborada con oblea y azúcar— en todas sus presentaciones, lotes y fechas de vencimiento.

El texto oficial identifica al producto como "Gallinita Orly, elaborada con oblea y azúcar", indicando que su elaboración y envasado corresponderían a la firma PEPO S.R.L., con domicilio declarado en Av. Rivadavia 152, Banda del Río Salí, Tucumán. Sin embargo, la Anmat determinó que el artículo no contaba con los registros exigidos por el organismo y presentaba datos falsos en su rotulado, lo que motivó su calificación como "apócrifo".

La entidad explicó que, al no poder identificarse de manera fehaciente y clara el establecimiento que produjo, elaboró o fraccionó el producto, el mismo queda vedado para su elaboración, comercialización y expendio en todo el país. La medida se enmarca en los controles de inocuidad y trazabilidad que la Anmat ejerce sobre alimentos y golosinas, con el objetivo de proteger la salud pública frente a productos que no acreditan cumplimiento normativo.

Consumidores y comercios deberán dejar de comercializar y ofrecer en plataformas de venta en línea la "Gallinita Orly" afectada por la disposición, y las autoridades sanitarias provinciales y municipales están facultadas para supervisar y hacer cumplir la restricción.