El fallo contra Uñac anticipa un escenario difícil para Gildo Insfrán

La Corte Suprema hizo un duro alegato contra los intentos reeleccionistas de los gobernadores y recordó sus fallos contra Weretilneck, Zamora y Manzur
viernes 02 de junio de 2023
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El fallo de la Corte Suprema que inhabilitó a Sergio Uñac para ser nuevamente candidato a gobernador de San Juan anticipa un escenario muy adverso para Gildo Insfrán, cuyo intento de ir por un nuevo mandato también fue impugnado por opositores.

En su argumentación sobre la imposibilidad de Uñac de presentarse a un nuevo mandato, los integrantes del máximo tribunal hicieron un durísimo alegato sobre las reelecciones indefinidas y remarcaron en varios tramos la necesidad de que las normas provinciales se adecuen a la Constitución Nacional.

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El mes pasado la oposición de Formosa inició una causa ante la Corte para evitar el octavo mandato consecutivo de Insfrán, que gobierna desde 1995 gracias a una interpretación de la Constitución provincial que habilitó la reelección indefinida.

El diputado nacional y candidato a gobernador por Juntos, Fernando Carbajal, apuntó a un "vacío legal del artículo 132 de la Constitución de la Provincia de Formosa, cuya ambigüedad permitiría la reelección indefinida de Insfrán". El ex juez federal sostuvo en su presentación que eso "constituye una clara contraposición al espíritu de la Constitución Nacional".

Ese destacado parece coincidir con la interpretación que sostuvieron este jueves en su fallo sobre San Juan los jueces Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz.

Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti, miembros de la Corte Suprema
Constitucionalistas advirtieron que el fallo de la Corte por la reelección de Uñac podría ser replicado con Insfrán en Formosa

La Corte sostuvo que de avalar la argumentación de Uñac sobre la Constitución sanjuanina estaría soslayando "que la sucesión indefinida entre ambos cargos burlaría el sentido de la pauta republicana del artículo 5° de la Constitución Nacional".

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Los jueces recordaron especialmente el fallo que imposibilitó el intento reeleccionista de Alberto Weretilneck en Río Negro, pero también mencionaron los casos de Gerardo Zamora en Santiago del Estero y Sergio Casas en La Rioja, además del reciente de Juan Manzur en Tucumán.

Los fallos de San Juan y Río Negro, sostiene la Corte, "además de despejar suspicacias propias de la materia electoral, respeta la pauta republicana 'de desalentar la posibilidad de perpetuación en el poder, al darle sentido a la noción de periodicidad de los mandatos' (...) la vigencia del sistema republicano consagrado en los artículos 1° y 5° de la Constitución Nacional presupone de manera primordial la periodicidad y renovación de las autoridades".

Al citar el fallo de Río Negro, la Corte recuerda que "la historia política de la Argentina es trágicamente pródiga en experimentos institucionales que -con menor o mayor envergadura y éxito- intentaron forzar -en algunos casos hasta hacerlos desaparecer- los principios republicanos que establece nuestra Constitución". 

Y agrega que estos antecedentes deberían "desalentar ensayos" reeleccionistas, justamente como que empuja Insfrán en Formosa. A pesar del postura muy clara de la Corte, algo positivo para Insfrán es que el Procurador general Eduardo Casal sostuvo que el máximo tribunal no debe intervenir en el caso. De todos modos, su dictamen no es vinculante y hace apenas dos días Casal también se expresó en contra de la reelección de Uñac.